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Oposición a la creación de la marca registrada CANONETA

La normativa existente en relación con marcas y denominaciones varietales prohíbe expresamente la existencia de una denominación varietal y una marca comercial (Ley 3/2000 de 7 de enero). Además, la denominación registrada de una variedad pasa a ser su designación genérica, y esta no puede ser objeto de marca. Aún así, si una marca se crea con anterioridad al registro de la denominación varietal, esta segunda ya no se podría registrar.

En este sentido, desde la Asociación de Variedades Locales (AVL) nos hemos enterado de la solicitud de la marca CANONETA ante la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), y por ello, como entidad que vela por la conservación y protección de las variedades locales, nos hemos opuesto a la creación de ésta. Aquí puede encontrar el recurso que hemos enviado junto con la oposición, donde encontrará más información.

A pesar de la legislación aplicable, desde la AVL tampoco creemos que sea lógico dejar registrar una marca de nombre igual a una variedad local existente, aunque ésta no esté registrada como denominación varietal. No debería poder ponerse el nombre de una variedad local en una marca, ya que se priva a cualquier persona de utilizar esta denominación, que es patrimonio cultural de toda la población.

24 de noviembre de 2020

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